Se dictó y publico decisión mediante la cual este Juzgado declaró PRIMERO: HOMOLOGADO y consumado el DESISTIMIENTO efectuado por el ciudadano Oscar José Delgado Jiménez, titular de la cedula de identidad Nº 13.220.109, Asistido por el abogado Juan Carlos Azocar Boada, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 184.708, dándole el carácter de cosa juzgada, se da por terminado el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, contra el Instituto Autónomo de Policía del estado Sucre.