Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes: el padre ciudadano: LUIS JOSE NUÑEZ MAGO, se compromete a aportar por concepto de Obligación de Manutención, la cantidad de CUATROCIENTOS OCHENTA BOLIVARES (Bs. 480,oo) mensuales, los cuales solicita le sean descontados a razón de DOSCIENTOS CUARENTA BOLIVARES (Bs. 240,oo) quincenales, lo que representa un treinta y seis por ciento (36%) del salario; como bono especial de fin de año aportará el treinta por ciento (30%) de su salario; como bono vacacional y vacaciones aportará el treinta por ciento (30%) por este concepto. En cuanto a uniformes y útiles escolares se compromete a cubrir los gastos de uniformes de sus hijas. En cuanto a asistencia médica y compra de medicinas los gastos serán compartidos en un 50% cada uno. En relación a los gastos extras como: recreación, educación, ropa, deportes y otros que la adolescente .....