Por todas los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara que no tiene Competencia para conocer y decidir el presente juicio y declina el mismo para ante el Juzgado de Primera Instancia de Juicio Laboral con sede en esta ciudad de Carúpano, donde se ordena remitir el presente expediente. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.