DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de los Municipios Benítez y Libertador del Estado Sucre del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de INSERCIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCION, intentada por el ciudadano CARLOS RAMON CANDALLO, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 110.475, ampliamente identificado ut supra, en consecuencia se ordena al Registrador Civil del Municipio Benítez del Estado Sucre, la Inserción en los Libros de Registro Civil de Defunciòn correspondientes, la Partida de Defunciòn del ciudadano PEDRO MARIA MUZIOTTI LOPEZ, quien era venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº 4.294.009, domiciliado en la calle Bolívar, casa S/N, El Pilar Municipio Benítez del Estado Sucre, quien falleció en su casa de habitación, e.....