En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado el cómputo en la presente causa seguida al adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, Cumaná, Estado Sucre; quien fue sancionado por su participación en los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto en los artículos 406 numeral 1ro, en relación con el artículo 83 del Código Penal, cometidos en perjuicio de: ANTONIO RAFAEL ANTON BARRETO (occiso) , a cumplir la medida de privación de libertad por el lapso de Tres (03) años y Cuatro (04) Meses, de la cual ha cumplido UN (01) AÑO CUATRO (04) MESES y DIECINUEVE (19) DIAS, faltándole por cumplir el lapso de UN (01) AÑO ONCE (11) MESES y ONCE (11) DÍAS, los cuales vencerán el 24/11/2014. Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferida.....