En consecuencia, en mérito a las anteriores consideraciones se establece como quantum de manutención mensual, a cancelar por el ciudadano JOSE LUIS GARCIA MORENO, titular de la cédula de identidad número V-25.900.181, la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 35.000,oo), equivalente al 19,72% del Salario Mínimo Nacional vigente a la presente fecha, tomando como referencia el Salario Mínimo Nacional de: Ciento Setenta y Siete Mil Quinientos Siete bolívares. (Bs. 177.507,oo) fijado por el Ejecutivo Nacional, vigente a partir del 01 de Noviembre de 2017, dicho monto deberá ser cancelado dentro de los primeros cinco (5) días de cada mes.
Por los motivos antes expuestos este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara:
PRIMERO: Con Lugar.....