este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme al artículo 330 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación presentada por la Fiscal Séptima del Ministerio Público, y de conformidad con lo previsto en los artículos 42 y último aparte del 43 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO, Pero en fecha 27 de agosto de 2.012 el Centro de coordinación policial Francisco Mejía Estación Policial Bolívar logró la captura del ciudadano EDUARD ARMANDO PULIDO LEONICE y en esa misma fecha se le impuso de dicha orden, ratificándose la Medida Cautelar Sustitutiva impuesta en fecha 29 – 11 2010, se ofició al Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones , Penales y Criminalísticas a los fines de que realizará los tramites necesarios para la desincorpora.....