En virtud de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el sobreseimiento de la causa, a favor de los ciudadanos Williams Rafael Brito Cabeza, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.279.377 y domiciliado en la Urbanización Villa Cristóbal Colón del Peñón, quinta etapa, Manzana 43, Casa N° 43, Parroquia Valentín Valiente, Municipio Sucre del Estado Sucre; y Alberto Brito, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.379.306 y domiciliado en el barrio Boca de Sabana, Calle Río Caribe, casa N° 44, Parroquia Santa Inés, Municipio Sucre del Estado Sucre; a quienes se les aperturó investigación por la presunta comisión de los delitos de Privación Ilegítima de Libertad, Lesiones Personales y Violación de Domicilio, los d.....