En atención a los fundamentos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la apelación interpuesta por el Abogado Gualberto Ríos, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 6.746, actuando como apoderado judicial del ciudadano Aquiles José León Salazar, titular de la Cédula de identidad N° V-2.925.310, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 07 de Febrero de 2023 por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.
SEGUNDO: ADMISIBLE, la demanda que por Daños y Perjuicio interpone el ciudadano AQUILES JOSÉ LEÓN SALAZAR, C.I. Nº V-2.925.310 contra la ciudadana LOURDES EDITH SALAZAR, C.I. N° V-3.433.191
TERCERO: SE EXHORTA, al Tribuna.....