DECISIÓN
Con fundamento en los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado ALEJANDRO SUCRE CASTAÑEDA, en su carácter de Defensor Público Segundo Auxiliar en Materia Penal Ordinario del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre – Sede Cumaná, defensor de los ciudadanos JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ BRITO, IVÁN JOSÉ RIVAS GALANTÓN, FERNANDO JOSÉ CEDEÑO CEDEÑO, JOSÉ RAFAEL SALAZAR RUIZ, JEAN CARLOS VIDAL MUNDARAIN, ELIO JOSÉ JIMÉNEZ ACEVEDO, ANYEL RAMÓN LÓPEZ LÓPEZ, PEDRO RAFAEL FERRER VELÁSQUEZ, JOSÉ ÁNGEL GONZÁLEZ, LUIS BELTRÁN JIMÉNEZ CASTILLO, DRIMAS ANTONIO RAMOS RAMOS y ADRIÁN JOSÉ CARVAJAL DÍAZ, imputados de autos y titulares de las cédulas de identidad números 10.461.771, 9.274.063, 10.466.410, 11.384.055, 13.923.331, 12.660.702, 13.835.902, 17.....