este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS, decretada por este Juzgado, y en consecuencia declara disuelto el matrimonio contraído por los ciudadanos JOSE ENRIQUE ASTUDILLO ALCALA y HEIDI LIDANNY FIGUERA ORTIZ, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Altagracia, del Municipio Sucre del Estado Sucre, el día veintidós (22) de Noviembre del año dos mil uno (2001), según acta Nº 394, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 185 primer aparte del Código Civil. Así se decide.