Por todo lo anteriormente expuesto, Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el Sobreseimiento de la presente causa seguida contra JUAN CARLOS CASTRO, Venezolano, mayor de edad, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha: 24-05-47, de Estado Civil Soltero, de profesión u oficio constructor, domiciliado en Santa Rita, Calle Venezuela Nº 14, Maracays y portador de la Cedula de Identidad Nº 3.341.704, por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, en perjuicio de CARLOS JULIO DURAN LOPEZ, Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrense las notificaciones respectivas.