En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve:...Por lo antes expuesto es por lo que este Tribunal Quinto de Control DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de los IMPUTADOS LEONARDO RAMON MATA CORDOVA, titular de la cédula de identidad N° V.- 11.376.356, ALEXANDER ANTONIO DUARTE SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V.- 12.271.002; y JAIME ANTONIO DUARTE FIGUERA, titular de la cédula de identidad N° V.- 16.818.283;, por el delito precalificado por esta fiscalia como LESIONES PERSONALES LEVES previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal, por haberse extinguido la acción penal debido a que opero la Prescripción de la Acción Penal, todo esto conforme a lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° en concordancia con el numeral 8° del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 108 o.....