este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a CONDENAR al acusado JOSÉ GREGORIO SUCRE, venezolano, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 18.586.767, soltero, de oficio obrero, nacido en fecha 17-09-1.986, hijo de Alfonzo Romero y Pilar Sucre y residenciado en el callejón Manzanares, casa s/n, frente al galpón del INCE, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de JOSE ANTONIO SUCRE FIGUERA.-