Este Tribunal Primero de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República por Autoridad de la Ley, DECLARA CULPABLE a la adolescente: OMIMSSIS, por la comisión del delito de: POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; en consecuencia la sanciona con la medida de IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de seis (06) meses, de conformidad con lo previsto en el articulo 620, literal b), de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el articulo 621 Ejusdem y 622 ibidem, la cual considera este Tribunal que es la mas racional, en proporción al hecho punible atribuido, en atención al principio de la proporcionalidad, previsto en el articulo 539 de la misma Ley .....