Con fuerza en los razonamientos que anteceden este Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; resuelve:
PRIMERO: ACUERDA APLICAR EL PROCEDIMIENTO POR CONSUMO, contemplado en el artículo 143, de la Ley Orgánica de Drogas en el presente asunto seguido contra los Adolescentes OMISSIS, a quienes la Fiscalía Sexta del Ministerio Público del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, con Competencia en el Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes, incoara proceso por la presunta comisión de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, tipificado en el artículo 153 en la Ley Orgánica de Drogas, en perjurio de LA COLECTIVIDAD.
SEGUNDO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa a favor de los Adolescentes OMISSIS; de conformidad con lo establecido en el Artículo 561 Lit.....