Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo dispuesto en los artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 5 del Código Orgánico Procesal Penal ORDENA LA CAPTURA de los ciudadanos IVAN JOSE ROQUE ORTIZ, venezolano, natural de esta ciudad, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.346.672, nacido en fecha 16/11/1991, soltero, oficio ayudante en una bloquera en Margarita, hijo de los ciudadanos Iván Roque Noemí Gutiérrez residenciado en Cumanagoto norte vereda 10 casa Nº 02, de esta Ciudad y DIFRAN JOSE ROQUE RAMIREZ, venezolano, natural de esta ciudad, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 26.545.055, nacido en fecha 15/02/1994, soltero, oficio indefinido, hijo de los ciudadanos Freddy Rojas.....