En atención a los motivos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito Agrario, Bancario y Marítimo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO interpuesta por LISSETH CAROLINA CHIRINOS, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V- 12.663.664, asistida por el abogado en ejercicio JESUS GUTIERREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 81.452, pretensión ésta incoada contra la ciudadana ROSA ELENA CARDOZO, titular de la cédula de identidad Nº V-10.422.340. Así se decide.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y M.....