Teniendo esta Acta de Convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contraria a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a la adolescente, por cuanto mantiene una decisión de las partes, de proceder a cumplir con una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia este Juzgado de Protección de niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA, el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos LEYDA TERESA ACOSTA FERNANDEZ Y JOSE LUIS HIGUEREY, venezolanos, mayores de edad, Titulares de la Cédula de Identidad Nros 6.903.114 y 6.953.077, respectivamente, domiciliados en Calle San Miguel, casa Nº 90, cerca del Cementerio y Macarapana, casa sin número de color amarillo, Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre. De conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protecci.....