este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en su Sala de Juicio, bajo decisión del Juez Nº 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos: JOSÉ LUIS BELISARIO MONTEVERDE y MILAGROS DEL VALLE SIVERIO GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.290.572 y V-14.855.027, respectivamente, domiciliados en la Colonia Agrícola Las Manos, 2da. Calle, casa S/N., Municipio Ribero del Estado Sucre, el primero, y en la calle Ribero, casa S/N., Cariaco; municipio ribero del Estado Sucre, la segunda, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 184 del Código Civil, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL existente entre éstos nacido de acta de matrimonio N° 97 de echa el día veintitrés (23) de diciembre del año mil novecientos noven.....