Por todas las razones de hecho y de derecho anterior mente expuestas este Tribunal Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar la presente acción de obligación de manutención, y acuerda que CARLOS ENRIQUE ALVAREZ GUERRERO continué cumpliendo con sus obligaciones para con sus hijo JOSE GREGORIO Y KARLA BETANIA DEL VALLE ALVAREZ GARCIA, como quedó demostrado que lo viene haciendo....