este tribunal Acuerda la Sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de libertad por la Medida de detención Domiciliaria en su propio Domicilio, con recorridos policiales diarios por la residencia de la Referida Acusada, todo de conformidad con los Artículos 264, 245 y 256 ordinal 1 todos del Codigo Organico Procesal Penal, Segundo: con relación a la Solicitud realizada por la defensora Pública Abg. Siolis Crespo, en la cual solicita la sustitución de la Medida Privativa que pesa sobre su defendido José Gregorio Carvajal Guilarte, este tribunal la niega en virtud que no han variado los elementos, los cuales llevaron a este Tribunal Quinto de control a decretarle la Medida de Privación Judicial Preventiva de libertad, Tercero: ORDENA la Apertura a Juicio Oral y Público en el presente asunto seguido a los acusados, MAYERLIN JOSÉ PÉREZ MARTÍNEZ, venezolana, Natural de Carúpano, Estado Sucre, nacida el 25-10-1974, titular de la Cédula de Identidad N° 13.274.724, de 32 años .....