Como quiera que, en el caso de autos, se pretende una medida cautelar innominada para evitar la posible continuidad de una presunta lesión a los derechos constitucionales invocados por una de las partes habida en la relación procesal constituida ante el Juzgado de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con ocasión al auto que decreta la ejecución forzosa, dictado en fecha 11 de Agosto de 2009, habiéndose entonces constatado la urgencia de la posible situación en las actas del expediente acompañadas por la solicitante en la oportunidad de la presentación de la solicitud de amparo que nos ocupa, y sin que esto implique, de manera alguna, emitir opinión sobre el fondo del asunto sometido a la consideración de este Tribunal; este Sentenciador, estima PROCEDENTE la medida cautelar solicitada en el presente amparo constitucional, hasta el momento cuando la presente causa sea resuelta y en aras de evitar la comisión d.....