este Tribunal Ejecutor que por cuanto el Tribunal de la causa designó como Depositario Judicial al ciudadano: Wilian Marin, mantenga esta designación y para la Guarda y Custodia de los bienes embargados se designe a la co-demandada, ciudadana: Janide María Quijada, antes identificada, de conformidad con el artículo 11 de la Ley sobre Deposito Judicial.- El Tribunal, visto lo solicitado por la parte Actora, designa como Depositario Judicial al ciudadano: Wiliam Marín, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.223.405; quien estando presente acepta el cargo y presta Juramento de Ley; y Designa para la guarda y custodia de los bienes embargados a la co-demandada, ciudadana: Janide María Quijada, ya identificada; quien estando presente acepta el cargo, presta juramento de Ley y Expone: Recibo en este acto los bienes embargados para su guarda y custodia, es todo