este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y de conformidad con lo previsto en los artículos 20 y 52 del Código Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA CONMUTAR LA PENA que le falta por cumplir al penado: José Vicente Ramos Rivera, es decir, Tres (3) Meses en la siguiente dirección Calle las 46. Casa N°-25. Cerca del Liceo Luis Tovar San Felix Estado Bolívar Familia de Modesto Rivera Ramos, tiempo éste durante el cual deberá presentarse cada QUINCE (15) días, por ante la Prefectura de San Felix Estado Bolívar,