Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, en decisión del Juez de Juicio , Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO por "ABANDONO VOLUNTARIO", fundamentado en el artículo 185 causal 2° del Código Civil que intentara la ciudadana TAHIS DEL CARMEN BUSTAMANTE VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 17.212.882 y domiciliada en el Salado, casa n° 49 Cumana, Estado Sucre, asistida por el Abogado FERNANDO CARVAJAL, ipsa n°: 138.983 en contra del ciudadano JORGE EMILIO KIAMI ROMANDINI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 18.211.769 y domiciliado en la av. Andrés Eloy Blanco, frente a la coca cola, casa s/n, Estado Sucre en consecuencia se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIA.....