JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Cumaná, 13 de Junio de 2.005
195º y 145º
Vista la Solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS, presentada por los ciudadanos JESÚS ENRIQUE BARRIOS y ÁNGELA MARIA JIMÉNEZ RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-12.271.753 y 15.742.991 respectivamente, y de este domicilio, debidamente asistidos en este acto por el abogado en ejercicio José Bello Bayes, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 55.382, y de este domicilio. Por cuanto en ella se han llenado los extremos requeridos por el Articulo 762 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal considera, que existen fundamentos para acordar la SEPARACIÓN DE CUERPOS solicitada. En consecuencia, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se DECRETA la S.....