Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia, en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la demanda de OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, solicitada por la ciudadana FATIMA DEL VALLE MARTINEZ, contra el ciudadano OSCAR LUIS SALAZAR, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión, a favor de las niñas y condena al progenitor a suministrar a la cantidad de CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 150,oo) mensual como Obligación de Manutención, en el mes de Agosto la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300..oo) para gastos de uniformes y útiles escolares y en el mes de Diciembre la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500.oo) por concepto de AGUINALDO, para cubrir gastos de ropa, calzado y juguetes. Todo de conformidad con los artículos 76, 78 y 91 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordanc.....