, éste Tribunal Cuarto de Juicio actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve: PRIMERO: Se ordena la realización del Juicio Oral y Público en la causa seguida en contra del acusado JOCCE JOSE RODRIGUEZ PEREDA, ante Tribunal Unipersonal, conforme a lo establecido en el ordinal 2 del artículo 64 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se revoca la medida cautelar decretada por este Tribunal en fecha 11 de agosto de 2005, a favor de dicho acusado, por incumplimiento de la misma y en consecuencia se ordena su aprehensión a los fines que sea recluido a la orden de este Tribunal en la Comandancia General de Policía del Estado Sucre, para garantizar la continuidad del proceso. Líbrese Oficios a Participación Ciudadana, comunicando la disolución del Tribunal Mixto. Al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, La Guardia Nacional y la Policía del estado Sucre, para que localicen y aprehendan al acusad