Es por lo que éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA MEDIDA DE PROTECCION a los ciudadanos GERMÁN MIGUEL TENIA Y SANTOS CIRILO UGAS, quiénes son venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.062.192, el segundo de ellos no posee cédula de identidad, residenciados en San Juan de Las Galdonas, calle Brisas del Mar, Casa S/N, Sector La Plaza, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, como a su núcleo familiar, en consecuencia se ordena al Comandante de la Policia de la Región N ° 3 de ésta ciudad , para que ordene a los funcionarios adscritos a su comando para que se APOSTEN PERMANENTEMENTE en la residencias de los referidos ciudadanos, por un lapso de SEIS ( 6 ) MESES, . Remítase la presente decisión junto con las actuaciones a la Unidad de Protección a la Victima. Líbrese el correspondiente ofici.....