DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA, La Libertad sin restricciones del ciudadano Luís Andrés Quijada Guilarte, venezolano, de estado civil soltero, de 22 años de edad, nacido en fecha 12-05-1986, titular de Cédula de Identidad N° 17.956.735, de profesión u oficio comerciante, hijo de Andrés Eloy Quijada González y Roraima del Valle de Quijada Guilarte y domiciliado en la Playa Grande, calle Las Flores, casa S/N, Carúpano, Estado Sucre; todo ello por la presunta comisión del delito de Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano. Se decreta la aprehensión como Flagrante, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, y se ordena la instrucción de la p.....