Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al Imputado: Douglas José aray, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.537849, natural de Maturín Estado Monagas, Oficio Supervisor de obras, residenciado En el sector los Guaritos 5, calle N° 2, Casa N° 30, Maturín Estado Monagas, Telefono 0414.084.1223, hijo de Bertha Aray y Alirio Cabello; en virtud de encontrarlo incurso en la comisión del delito Homicidio Culposo, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio del hoy occiso. Aleman José Marín, debiendo presentarse cada Veinte (20) días, por el lapso de Seis (06) meses, por ante la unidad de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256, ordinales 3°, del Código Orgánico Procesal Penal.