Este Tribunal Primero Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano ALFONSO JOSÉ BERRIOS LEÓN, abogado inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 53.275, actuando como apoderado judicial del ciudadano CARLOS HUMBERTO VASQUEZ RINCON, titular de la cedula de identidad Nº V-24.129.318, parte demandante recurrente; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha veintiuno (21) de Noviembre de dos mil dieciséis (2016), dictada por el Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo del Estado Sucre; TERCERO: No hay condenatoria en Costas, en virtud de la naturaleza del presente fallo; CUARTO: REMITASE la causa en su oportunidad al Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo del Estado Sucre, a los fines legales consiguiente.,
PUBLÍQUESE - REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado P.....