Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana abogada MILDRED EVELYN GUERRA EDGEHILL, actuando en su carácter de Defensora Pública Primera, en Materia Penal de Responsabilidad del Adolescente de la Primera Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en contra de la decisión dictada en fecha 20/09/2012, por el Tribunal Segundo de Control Sección Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná; mediante la cual DECRETÓ LA DETENCIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en perjuicio del Adolescente, omissis por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA EN EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 406 ordinal 1° del Código Pen.....