Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta. decreta Con Lugar La SUSTITUCION se decreta con lugar la Sustitución de la medida impuesta a "OMISIS"; por la comisión de los delitos de: Violación Agravada y Lesiones Leves, previsto en los artículos 374 ordinal 1º y 416, ambos del Código Penal, en perjuicio de la niña Omisis, por el cumplimiento simultaneo de las medidas de libertad asistida y reglas de conducta por el lapso de dos años, quedando obligado a: PRIMERO: Presentarse una vez al mes por ante el personal técnico del Centro Socioeducativo. SEGUNDO: Presentarse una vez al mes por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; TERCERO: No cometer nuevos hechos delictivos; CUARTO: Estudiar o trabajar debiendo presentar las constancias correspond.....