Este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley APRUEBA El Acuerdo Reparatorio convenido entre las partes, todo de conformidad con el articulo 40 del Código Orgánico Procesal Penal, de la presente causa seguida contra el ciudadano Darwin Antonio Cabeza Bonilla, de 18 años de edad, nacido en Carúpano, Estado Sucre, en fecha 10-08-1987, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.777.774, no sabe leer ni escribir, de profesión u oficio agricultor, hijo de Armanda Bonillo y Alquidio Cabezas, domiciliado en Sector Guaraguao, en los conucos, pasando la curva los chinos, carretera Nacional Carúpano Cumaná, entre Guaca y la Esmeralda, casa s/n Segundo: por la presunta comisión del delito de Aprovechamiento de cosas provenientes del delito, previsto en el articulo 470 del Código Penal, en perjuicio de Simón José Palacios. .Así mismo se revisa la medida de conformidad con lo.....