este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre ? Cumaná, Administrando Justicia En Nombre De La Republica y Por Autoridad De La Ley acuerda el plazo de cuarenta y cinco (45) continuos para que sea presentado el acto conclusivo correspondiente en la causa seguida a los imputadosXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, a quien se les inició averiguación por su presunta participación en uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, de conformidad con el artículo 313 del COPP, así mismo se acuerda con lugar la solicitud de la defensa en cuanto a que se amplié el Régimen de Presentaciones a cada quince (15) días, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial conforme al artículo 264 del COPP . En consecuencia se acuerda remitir en su oportunidad las presentes actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público.
La Juez Segundo de Control
Abg. Yomari Figueras
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