Con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal Mixto Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, declara POR UNANIMIDAD NO CULPABLE, al acusado RONALD JOSÉ SALAZAR HERNÁNDEZ, venezolano, de 25 años de edad, de oficio obrero, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.911.056, natural de Cumanà, Estado Sucre, nacido en fecha 01-08-1988, hijo de los ciudadanos Angélica María Hernández y Luís Ángel Salazar, residenciado en: La Urbanización las Palomas, Calle Corazón de Jesús, casa S/N, cerca de la Casilla Policial, Cumanà, Estado Sucre, de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA EN COMPLICIDAD CORRESPECTIVA EN GRADO DE FUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1° en relación con los artículos 424 y 80 todos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano LUIS DUWALDO SUAREZ RENGEL, y CULPABLE de la comisión de los de.....