Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Unipersonal de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 605 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ABSUELVE al joven adulto RONNY ANTONIO GARCIA, quien es venezolano, de veinte (20) años de edad, natural de Guiria, soltero, obrero, hijo de Alex Pacheco y de Melania García, residenciado en la Avenida Principal San Antonio, cerca de la antigua sede del Tribunal, casa s/n, Güiria, Municipio Valdez, Estado Sucre; por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, tipificado en el artículo 406 del Código Penal Venezolano en perjuicio de NESTOR JOSE GUERRA ACOSTA; por no haber pruebas de su participación en el delito investigado; todo con fundamento e.....