En consecuencia, queda confirmada la Sentencia Interlocutoria dictada en fecha 06 de octubre de 2009, emanada de la Sala de Juicio del Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de este Circuito y Circunscripción Judicial, recaído en el Juicio de Rectificación de Partida que sigue la Apelante, en el Expediente de su nomenclatura interna Nº 7291/09. Así se decide.