y que no fue sino hasta el día 8 de Octubre de 2013 que el Nuevo Defensor Público Auxiliar Agrario encargado, y por cuanto desde la fecha 1 de Julio de 2.013, antes mencionada, quedo la parte actora en el presente juicio sin ningún tipo de asistencia Jurídica y por cuanto en esa misma fecha, compareció por ante este Tribunal el ciudadano JESUS BELLO FERMIN, parte demandada en el presente juicio manifestando ante la Secretaria del Tribunal y parte del personal que no disponía de recursos económicos para contratar los servicios de un abogado, en razón de lo cual, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y a los fines de garantizar a las partes, el derecho a la defensa, REPONE la presente causa al estado de que tenga lugar la Contestación a la demanda en el presente juicio, la cual tendrá lugar dentro de los 5 días de despachos s.....