Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara ejecutada la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Adolescentes en contra del sancionado XXXXXXXX. Quien fue sancionado a cumplir dos (02) años con la medida de privación de libertad, por el delito de VIOLACIÓN AGRAVADA, previsto en el artículo 375, en relación con el artículo 374 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio del niño XXXXXXXXX, Ejecución que se realiza conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y el artículo 479 el Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la citada Ley