Este Tribunal Primero Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandante recurrente; SEGUNDO: Se Revoca la sentencia de fecha veintiséis (26) de septiembre del año dos mil dieciocho (2018), dictado por el Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre, por consiguiente se repone la presente causa al estado de celebración de una nueva Audiencia Preeliminar por el Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre; TERCERO: No hay condenatoria en Costas, en virtud de la naturaleza del presente fallo; CUARTO: REMITASE la causa en su oportunidad al Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre, a los fines legales consiguiente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estad.....