En atención a los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Marítimo, Agrario y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: CON LUGAR la pretensión MERO DECLARATIVA DE EXISTENCIA DE UNION CONCUBINARIA, incoada por la ciudadana LUISA TERESA RIVAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-4.189.092, debidamente asistida por el abogado en ejercicio Freddy Ramón Morey Osorio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 119.090, contra los ciudadanos CARLOS LUIS GOMEZ RIVAS, LINOR MARIA GOMEZ RIVAS, ANDRINIS LUISA GOMEZ RIVAS, YAURI DEL CARMEN GOMEZ RIVAS, MILITZA JOSE GOMEZ RIVAS y ANDREA MARIA GOMEZ RIVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-12.267.701, V-13.052.350, V-13.539.551, V-14.285.482, V-15.934.496.....