Siendo así y encontrándose cumplidos todos los requisitos necesarios y concurrentes para la procedencia de la Acción Reivindicatoria, la presente acción debe prosperar. Así se decide.
Por todas las razones expuestas anteriormente, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la Apelación formulada por la parte demandada y CON LUGAR la demanda que por ACCION REIVINDICATORIA, intentara el ciudadano JESUS DOLORES TOVAR contra el ciudadano ANTONIO RAFAEL GUZMAN MORALES, ambas partes plenamente identificadas en autos, sobre un inmueble constituido por una casa ubicada en la Calle Santa Fe, Sector El Tigre, Parroquia Santa Rosa, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con la Calle Santa Fe; SUR: su fondo corresp.....