Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: CONDENA, al acusado: ISRAEL DAVID GUILARTE UGAS, venezolano, de 21 años de edad, de estado civil soltero, nacido el día 26-07-88, titular de la Cédula de Identidad: 18.789.975 de oficio: Comerciante, hijo de Rafael Guilarte y Matilde Ugas y domiciliado en el Sector La Ceiba II, San Martín. Avenida Principal, casa s/n, al lado de la Plaza, Carúpano, Estado Sucre y en Mérida en el Barrio Simón Bolívar, casa s/n en el centro de Mérida, Estado Mérida, a cumplir la pena principal de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal, en el establecimiento carcelario que determine la autoridad competente, por considerarlo culpable en la comisión del delito de HOMICID.....