Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de la Fiscal Segunda del Ministerio Publico, del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre Sede Cumaná y considerando este Despacho que concurren los extremos exigidos en el artículo 250 numerales 1°, 2° y 3°, del artículo 251 numerales 2°, 3° y Parágrafo Primero, todos del Código Orgánico Procesal Penal para tal procedencia, es por lo que se AUTORIZA LA APREHENSIÓN contra los ciudadanos ÁNGEL JOSÉ HRNÁNDEZ SALAZAR, venezolano de 29 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.590.269, soltero, residenciado en la calle san Juan de Dios, casa sin número, Cariaco, Municipio Sucre del Estado Sucre, presuntamente incurso en el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON PREMEDITACIÓN Y ALEV.....