En consecuencia, se insta a las partes a la conciliación y se fija el segundo (2do.) día de Despacho siguiente, a las nueve de la mañana (09:00 a.m.) en el despacho del Juez, contados a partir de la presente fecha (12/08/2008), exclusive. Asimismo, se solicita a las partes traer formas alternativas para la solución del conflicto, de igual manera, se informa a las partes que la fijación de este acto no impide la continuidad de la causa. QUE CONSTE.