Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal del Municipio Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: CON LUGAR LA OPOSICION a la medida de EMBARGO EJECUTIVA, interpuesta por el ciudadano: MIGUEL JOSE RODRIGUEZ, asistido del abogado: EDUARDO JOSE GARCIA GUERRA, contra la Medida de Embargo Ejecutivo practicada por el Tribunal Ejecutor de Medidas con competencia en este Municipio, sobre un inmueble ubicado en la calle Principal de El Morro de esta Jurisdicción, mediante acta de fecha 26 de Marzo de 2004. Por cuanto esta sentencia se dictó fuera del lapso legal, notifíquese a las partes y firme como haya quedado la misma, notifíquese al ciudadano Depositario del referido bien inmueble. Regístrese. Publíquese.
Dado, firmado y sellado en la sala del Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre. .....