Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Municipio
Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la
Circunscripción Judicial del estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la
República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA como única y universal heredera de la causante GABIRIA
LARA ROSAS, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, portadora de la
cédula de identidad N° V- 1.523.900, fallecida en fecha Once (11) de Enero del
año 2022, según acta de defunción N° 87, de fecha Once (11) de Enero del
año 2022, expedida por el registro civil del Municipio San Cristóbal, parroquia La
Concordia del estado Táchira, a la ciudadana LILIA LARA ROSAS, venezolana,
mator de edad, portadora de la cédula de identidad N° V- 195.665, en su
condición de hermana.
Conforme lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento
Civil, QUEDAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.